LA VERDAD

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martes, marzo 25, 2014

EL DOMINIO UNIVERSAL DE JESUS: EL PODER "NO VIENE DEL PUEBLO"


(Samuel B, Wylie, 1773-1852)

INTRODUCCION

En su obra "Los dos hijos de aceite, o El testigo fiel para el Magistrado y el Ministerio sobre las bases Escriturales", el gran teólogo Presbiteriano Rev. Samuel B. Wylie, desarrolla las bases Bíblicas del dominio de Cristo como Mediador sobre el Estado. Es una obra que merece ser estudiada y al mismo tiempo relevante en nuestro momento histórico de tanta confusion y corrupción política y social.

Wylie nació en Irlanda pero emigró a los Estados Unidos a finales del siglo 18. Fue el primer ministro Pactante ordenado en los Estados Unidos para predicar por la Iglesia Presbiteriana Reformada. Se destacó como uno de los grandes exponentes del magistrado Civil desde una perspectiva pactante. 

He aquí he traducido un extracto que considero esencial para todo aquel que desea conocer el magisterio Civil y tambien para los estudiosos de este tema:


4.  todo este poder delegado, o derivado, debería ser ejercitado para Su Gloria, y regulado por su ley. (1 Cor. 10:31 “Si, pues, coméis o bebéis, o hacéis otra cosa, hacedlo todo para la gloria de Dios." es para este fin que todo poder debe ser dirigido y de esto, su ley es la regla inerrable. Por esta regla, entonces, todos los seres humanos están atados. Dios no ha dado a los hombres ningún derecho para hacer lo que Él ha prohibido. Suponiendo que los hombres tengan este derecho, es algo impío y blasfemo. Esto es lo mismo como suponer que Dios diga a ellos, “Yo, el legislador supremo, les doy mi ley, a la menor violación de ella, el agrego la condenación eterna; sin embargo les doy el derecho para violar mi ley y hacer guerra con tu Dios, y dirigir toda tu artillería en contra del Soberado del Universo!”. Las escrituras nos informa de otra manera, Deuteronomio 12:32,   “Cuidarás de hacer todo lo que yo te mando; no añadirás a ello, ni de ello quitarás.”             

5.  este poder delegado aparece mas conspicuo en la persona de el Mediador. En sus manos ha sido entregado dominio universal, Mateo 28:18  “Y Jesús se acercó y les habló diciendo: Toda potestad me es dada en el cielo y en la tierra.”. Aquí el mandato y la entrega de este poder a Jesucristo es universal. Su extensión es ilimitada, como naturaleza creada (1 Cor. 15:27). El apóstol expresamente declara que nada es exceptuada de su dominio, excepto la Divinidad misma. Es remarcable a este propósito el pasaje de Juan 5:22: “Porque el Padre a nadie juzga, sino que todo el juicio dio al Hijo,”. Como Mediador, entonces, El pronuncia un juicio sobre el reprobado, “apártate de mí, tu eres maldito,” pues esto es parte de sus funciones judiciarias. Que este poder, y el ejercicio de esto le pertenece a Jesús, como Mediador, es abundantemente evidente, no solo de las circunstancias del otorgamiento de Dios a Él, el cual puede aplicar a El como Dios, pero también de la aserción positiva y explicita, esto lo vemos en el versículo 27: “y también le dio autoridad de hacer juicio, por cuanto es el Hijo del Hombre.” 

6.  Este dominio universal, entregado a Él, en lo que respecta a la familia humana, es su administración, consiste en dos grandes ramas, por así decirlo, el Magistrado y el Ministerio. A través de estos canales, fluye hacia la humanidad, contribuyendo sus influencias para aminorar el carácter de aquellos que están destinados para vida eterna, a quienes “todas las cosas trabajan para bien” (Rom. 8:28).  

7. Aunque ambas ramas son puestas bajo el control del Mediador, sin embargo ellos están bajo diferente regulación. El poder eclesiástico se delega a él de una manera tal, que todas las ordenanzas y las instituciones necesarias para la organización formal de una iglesia visible, fluyen inmediatamente de él como mediador (Mat. 16:18). Él es el constructor de la iglesia, el autor de todas sus instituciones sagradas. Todos los funcionarios eclesiásticos, asimismo, reciben su autoridad de él, en el mismo carácter, para cada parte de su administración. Por lo tanto, Mat. 16:19, El otorga a ellos las llaves del reino, y el poder exclusivo de atar y desatar. Pero el poder civil se encuentra bajo una regulación diferente. Ello fluye inmediatamente de Dios Creador, como el Gobernador del universo. Jer. 10: 7: "¿Quién no te temerá, oh Rey de las naciones?" . El poder civil existió previamente a la caída, y necesariamente habría existido, incluso si nunca nos hubiéramos  rebelado contra Dios, aunque, sin duda, en ese caso, habría sido administrado con algunas de sus modificaciones actuales. La sujeción de los hombres al gobierno moral de su Hacedor habría entonces sido similar a la de los seres de un orden más digno [ángeles].  

El gobierno civil, contrario a lo que algunos de los modernos políticos afirman, no se origina en el pueblo como su fuente, o en los vicios como resultado de la caída. Entre los ángeles, quienes mantuvieron su rectitud primitiva, encontramos ciertos ordenes, sugeridos por las denominaciones de Arcángeles, Tronos, Dominios, Principalidades, y Poderes (Col. 1:16). Esto es un testimonio de la existencia de subordinación regular entre ellos, de acuerdo a las leyes constitucionales de su naturaleza, y su disponibilidad a Dios, su Creador y Señor. Pero aunque el gobierno civil no es nuevo,  predicado sobre la caída, ni tampoco como el ministerio, en todas sus circunstancias, el cual fluye inmediatamente de Cristo como el Mediador; sin embargo está entre todas las cosas fue entregado a El por la voluntad del Padre (Efe. 1:22). Sus oficiales, también, están unidos, bajo pena de perdición, para hacer que todos los administradores se postren dando honor a Emmanuel: y el cuerpo político, indispensablemente unido para modificar sus constituciones por Su palabra.  (Salmos 2:10, 12: “Ahora, pues, oh reyes, sed prudentes; Admitid amonestación, jueces de la tierra….Servid a Jehová con temor, Y alegraos con temblor. besad al Hijo, para que no se enoje, y perezcáis en el camino; Pues se inflama de pronto su ira. Bienaventurados todos los que en él confían.”)

¿Puede algo mas ser mas explicito en demostrar las obligaciones de las autoridades civiles para rendir homenaje y respeto al Mesías?

 Estas dos ramas (gobierno e Iglesia) difieren en su Origen inmediato, Como ya lo hemos dicho. El Magistrado fluye de Dios como el Creador, y esta predicado sobre su dominio universal sobre todas las naciones. (Salmos 47:7: “Dios es el Rey de toda la tierra.” Es este el mismo propósito para el cual somos enseñados, Jeremías 10:7 "¿Quién no te temerá, Rey de las naciones?  ¡Es lo que te corresponde! Entre todos los sabios de las naciones, y entre todos los reinos, no hay nadie como tú. "   

Y así como ello fluye de Dios el Creador, el Padre común y cabeza de todo, la ley natural, común a todos los hombres, debe ser la regla inmediata de todos sus administradores. Una relación común a todos debe ser regulada por una regla común. Todos están en la misma relación para con Dios, el cual es considerado como Creador y Gobernador Moral. La norma para regular esta relación debe por supuesto ser común. Esta norma es la ley natural, el cual todos los hombres poseen. La revelación es introducida como una regla, por los requerimientos de la ley natural, el cual ata a los hombres a recibir con gratitud lo que a Dios le agrada en revelar y adherirse a ello como la regla perfecta, bajo pena de condenación,  y ser tratados [los hombres] como rebeldes en contra de su autoridad moral.

Pero el poder eclesiástico fluye inmediatamente de Cristo, como el Mediador y es fundado en su Jefatura económicas sobre su iglesia (Efesios 1:22-23: 21 muy por encima de todo gobierno y autoridad, poder y dominio, y de cualquier otro nombre que se invoque, no sólo en este mundo sino también en el venidero. 22 Dios sometió todas las cosas al dominio de Cristo,[e] y lo dio como cabeza de todo a la iglesia)

Mientras este poder fluye así de Cristo, como el Mediador, la ley de la revelación, anunciado por él como el Ángel del Pacto, debe consecuentemente, ser la norma inmediata para la regulación de cada parte del sistema: y la ley natural viene para ser una regla solo subordinada a las reglas generales de la Escritura (Filipenses 4:8: “Por último, hermanos, consideren bien todo lo verdadero, todo lo respetable, todo lo justo, todo lo puro, todo lo amable, todo lo digno de admiración, en fin, todo lo que sea excelente o merezca elogio”)

El bienestar del Estado, como tal, es solo un efecto redundante o de accesorio. Y puede, sin embargo, ser muy considerable. La disponibilidad del carácter, producido por las influencias benignas de la religión [enseñanzas y fe] de Cristo sobre el corazón humano, puede ser grandemente ventajoso a la prosperidad nacional, pues la verdadera piedad tiene la promesa de la vida de la que es ahora como de la que ha de venir."

FUENTE:

"Los dos hijos de aceite" o el Testimonio fiel para el Magistrado y Ministerio sobre las bases Escriturales."  por el Rev. Samuel B. Wylie. (1850) 

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