LA VERDAD

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lunes, febrero 10, 2014

LIBERTAD DE CONCIENCIA (3): GEORGE GILLESPIE




INTRODUCCION

En esta tercera parte Gillespie expande más el tercer argumento de la ley de Dios. Veremos su gran intelecto expresado en las citaciones de autores que fueron considerados autoridad en el siglo 17.  Gillespie menciona a tres personajes que tuvieron gran influencia en las ideas políticas y religiosas en Europa Medieval, particularmente en la Reforma Protestante y su aplicación de la ley en el magisterio Civil:

Jacob Acontius (Italian: Jacopo (or Giacomo) Aconcio), (1492 – c,1566) fue un jurista Italiano, Teologo, Filosofo, e ingeniero. Esl es conocido por sus contribuciones a la historia de la toleración religiosa. El estuvo infectado con opiniones Arrianas y Anabautistas.   

Johannes Piscator (German: Fischer) (1546 – 1625) fue un Teólogo Reformador Aleman, conocido como traductor de la Biblia y escritor de textos. En 2010 el Apendice a su comentario en Exodos 21-23 fue traducido y publicado bajo el titulo de Disputaciones sobre las leyes Judiciales de Moises.  

Franciscus Junius (1545 –1602) Fue un erudito Reformador y teologo Holandes. Estudio bajo Calvino y Teodoro Beza en Ginebra. Fue profesor en la universidad en Leiden, y a su muerte fue reemplazado por Arminious.      

Gillespie usa los argumentos de Piscator para desarrollar porque el magistrado esta para hacer observar las leyes judiciales de Moisés incluyendo el castigo por pecados. Gillespie argumenta que la ley judicial es vigente al menos aque alguien demuestre lo contrario usando textos bíblicos. Gillespie argumenta que el uso de la ley judicial es moral y perpetua. Gillespies usa los argumentos de Piscator en lo referente a diferenciar las leyes mutables y propias de los Judíos y las leyes inmutables y propias de todas las naciones.

En general esta tercera parte desarrolla un buen argumento a favor del uso de la ley judicial por el magisterio civil.

LA LIBERTAD DE CONCIENCIA: EL PRIMER ARGUMENTO DE LA LEY DE DIOS

Los Argumentos por el cual esta tercera o media opinión es confirmada ( para que no fundamentemos sobre ninguna autoridad humana) son estos:

Primero, la ley, Deut. 13:6-9, referente a la lapidación y la muerte de él [hereje] quien secretamente persuade a la gente diciendo “vamos en pos de otros dioses.” Se dice que esta ley solo atañe a los Judíos y no es moral ni perpetua: yo respondo, aunque Jacobo Acontius es de otra opinión diferente a la mía el cual el cándidamente confiesa que no ve nada en esa ley, la cual no pertenece al Nuevo Testamento ni al Antiguo Testamento, pues él dice, que la razón y el fundamento de la ley, el uso y fin de ella es moral y perpetua, verse 11: “ para que todo Israel lo sepa y tema, y no vuelva a hacer en medio de ti cosa semejante a ésta.”

Sin embargo, Acontius dice que esta ley no concierne a los heréticos, quienes enseñan y creen errores referentes al verdadero Dios o su adoración; pero se refiere solamente a apostatas quienes se van hacia otros dioses: en esto no tengo mucho para contender con él, pero solo hasta aquí, pues la equidad moral nos dice que si  los apostatas tienen que ser lapidados y matados de acuerdo a esa ley, entonces con certeza los heréticos que seducen también tienen que recibir un castigo medido y en proporción a su pecado. La justicia moral de la ley requiere al menos esto, que si comparamos la herejía y la apostasía juntos, parece  cuan menos impío es el pecado en la herejía,  y tanto y no menos su castigo;  especialmente el peligro de contagiar y seducir, siendo tanto peor o más el castigo en la herejía que en la apostasía; el cual lo que se llama herejía es a menudo verdaderamente el seguir a menudo  otros dioses.

Pero la ley en Deut. 13, de castigar con muerte, tanto ciudades enteras como personas particulares, por ir en pos de otros dioses, no es la única ley para castigar en forma capital pecados graves en contra de la primera tabla.

Vea los siguientes textos:

See Éxodo. 22:20,  “El que ofrezca sacrificio a otros dioses en vez de ofrecérselo solamente a Jehová, será muerto.”

Exod. 31:14  “Así que guardaréis el sábado, porque santo es para vosotros; el que lo profane, de cierto morirá. Cualquier persona que haga alguna obra en él, será eliminada de su pueblo.”

Levit. 24:16, “El que blasfeme contra el nombre de Jehová ha de ser muerto; toda la congregación lo apedreará. Tanto el extranjero como el natural, si blasfema contra el Nombre, que muera.”

Deut. 17:2-5, 
“Cuando se halle entre los tuyos, en alguna de las ciudades que Jehová, tu Dios, te da, un hombre o una mujer que haya hecho lo malo ante los ojos de Jehová, tu Dios, traspasando su pacto, 3 que haya ido a servir a dioses ajenos y se haya inclinado ante ellos, ya sea ante el sol, la luna o todo el ejército del cielo, lo cual yo he prohibido, 4 y te sea dado aviso, entonces investiga muy bien. Si resulta ser cierto que tal abominación ha sido hecha en Israel, 5 sacarás a las puertas de tu ciudad al hombre o a la mujer que haya cometido esta mala acción, sea hombre o mujer, y los apedrearás hasta que mueran.”

Muchos preguntan, “¿pero cómo estas u otras leyes judiciales de Moisés nos atañe como reglas para guiarnos en estos casos?"

Deseo a quien pregunta esto que lea a Pistacor, su apéndice de sus Observaciones sobre los capítulos 21-23 de Éxodo, en donde él excelentemente argumenta y refuta esta pregunta, “¿si el magistrado Cristiano está obligado legalmente a observar las leyes judiciales de Moisés así como lo observaron el magistrado Judío?"

El respondió haciendo una distinción común, que él [magistrado] está obligado a aquellas cosas en la ley Judicial los cuales son intercambiables y comunes a todas las naciones: pero no aquellas cosas que son cambiables y propias a la Republica Judía. 

Pues el explicó esta distinción, que por las cosas mutables, o propias de los Judíos, el entiende la emancipación de un siervo o sierva Hebrea en el séptimo año, un hombre se case con la esposa de su hermano y dar herencia a su hermano, el perdón de deudas en el jubileo, el casamiento con alguien de la misma tribu, y si hay algo mas como esto; también las transgresiones de la ley ceremonial, como tocar el cuerpo de un muerto. Etc. 

Pero las cosas inmutables y que es común a todas las naciones son las leyes concernientes a las transgresiones morales, pecados en contra de la ley moral, como el asesinato, adulterio, robo, tentar a apartarse de Dios, blasfemia, golpear a los padres. Ahora referente a que el Magistrado Cristiano está obligado a observar estas leyes de Moisés el cual nos señala los castigos de los pecados en contra de la ley Moral, el provee estas razones:

1. Si no fuera así, entonces sería algo libre y arbitrario al magistrado señalar que castigos el mismo satisface. Pero esto no es algo arbitrario para él, pues él es ministro de Dios (Rom. 13:4) y el juicio es del Señor ( Deut. 1:7; 2 Cronicas 19:6;) y si el magistrado es el que mantiene las dos tablas, el debe de observar ambas de la misma manera que Dios los encomendó a él.    

2.  Las palabras de Cristo, Mateo 5:17, “No pienses que he venido a destruir la ley o los profetas, no he venido a destruirlo, sino a cumplirlo,” son comprehensivas de la ley Judicial, son parte de la ley de Moisés; ahora él no pudo cumplir la ley judicial, excepto ya sea por su práctica o por enseñarlo a otros a observarlos todavía; [pero no fue] por su propia práctica, pues él no condenó a la mujer adultera (Jn. 8:11), ni dividió la herencia (Lc. 12:13-14), de allí que debe ser por  su doctrina para que lo observemos.                                                
3. Si Cristo enseñó en Mateo 5 que la Ley Moral pertenece a nosotros los Cristianos, tanto como él lo vindica de las falsas enseñanzas de los escribas y fariseos, entonces él quiso decir que el mantener la ley judicial referente a las transgresiones morales nos pertenece a nosotros también, porque el vindicó e interpretó la ley judicial así como la ley moral (Mat. 5:38). 
     
4. Si Dios quiso que la ley moral sea transmitido desde el pueblo Judío a los Cristianos, entonces el también quiso que se transmita la ley judicial del magistrado Judío al magistrado Cristiano. De allí que existe la misma razón de inmutabilidad en los castigos en las ofensas: Idolatría y adulterio desagradan a Dios ahora tanto como en ese entonces; y el robo desagrada a Dios ahora igual no más que nunca antes.

5. Las cosas que se escribieron antes, para nuestra enseñanza se escribieron, a fin de que, por la paciencia y la consolación de las Escrituras, tengamos esperanza (Rom. 15:4) y ¿qué puede aprender el magisterio Cristianos de estas leyes judiciales, pero la voluntad de Dios para que sea su gobernador en estos casos? Las leyes ceremoniales fueron escritas para nuestro aprendizaje, para que podamos conocer el cumplimiento de los tipos, pero la ley judicial no fue típica.

6.  Hacer todo para la Gloria de Dios (1 Cor. 10.31; Mat. 5.16).  ¿Cómo pueden los magistrados Cristianos glorificar a Dios más que observar simplemente las leyes propias de Dios, como Justas las cuales ellos no la pueden mejorar?

7.  “Y lo que no es de fe es pecado” (Rom. 14:23) Ahora cuando el Magistrado Cristiano castiga el pecado en contra de la ley moral, si lo hace con fe y en confianza de agradar a Dios, el debe tener su seguridad de la Palabra de Dios, pues la fe no puede edificarse sobre otro fundamento: es la palabra de Dios la cual debe de dar seguridad  a la conciencia, Dios ha mandado tal cosa, de allí que es mi deber el hacerlo, Dios no ha prohibido tal cosa, de allí que soy libre de hacerlo. Pero la voluntad de Dios referente a la justicia Civil y los castigos no están mejor y totalmente revelados como en la ley judicial de Moisés. De allí que esto debe ser el más seguro apoyo y permanencia en la conciencia del magisterio cristiano. 

Estas no son mis razones (al menos que haya puesto una o dos palabras como forma de explicar y reforzar) pero la sustancia de las razones de Piscator, a las cuales yo agrego:

1) Aunque tenemos pasajes claros y completos de las Escrituras en el Nuevo Testamento de abolir la ley ceremonial, no tenemos, sin embargo, en todo el Nuevo Testamento algo que diga de la abolición de la ley Judicial, hasta donde eso se refiera al castigo de pecados en contra de la ley moral, de la cual la herejía y la seducción de almas, y pecados grandes una vez que Dios reveló su voluntad de castigar esos pecados por tales castigos.  El que mantiene que el magistrado Cristiano no está legalmente obligado el infligir tales castigos por tales pecados, está obligado a demostrar que aquellas leyes antiguas de Dios están abolidas y debe  mostrar algunas escrituras para ello.

2) La ley Judicial para tener dos o tres testigos en juicio (Deut. 19:15; Heb. 10:28) es transferido aun con obligaciones a nosotros los cristianos, y ello es concerniente a todos los juicios, tanto a los eclesiásticos y civiles (Mat. 18:16; 2 Cor. 13:1).

Para concluir entonces este punto, aunque otra ley forénsica o judicial referente a los castigos de los pecados en contra de la ley moral puede ser permitido en el reino y republica Cristiana, con tal que no sea contrario o contradictorio a la propias leyes judiciales de Dios, sin embargo yo no tengo temor el mantener lo mismo que Junios lo hace en su obra  “De polita Mosis” cp.6, que aquel que es digno de muerte bajo la ley judicial, es todavía digno de castigo por muerte ahora. Y el que no fue castigado por muerte en ese entonces, no es para ser castigado por muerte ahora. Y esto es suficiente como referencia al primer argumento de la Ley de Dios."

CONCLUSION

Es obvio que ningun gobierno tiene políticas basadas en la ley de Dios, y aún en las iglesias modernas, llamadas Evangélicas, no se entiende el concepto del magisterio civil. Pero piense por un momento y preguntese, "¿que sucedería en un nación en donde las dos tablas de la ley son la base de las leyes judiciales?"

Piense en el actual momento en donde gobiernos promueven el homsexualismo desde las escuelas y traves de los medios de comunicacion, o el aborto en demanda, solo para citar ejemplos. Es indudable que la sociedad moderna es pagana en el sentido de seguir sus propias leyes y no las leyes de Dios, ni siquiera toman en cuenta lo que Dios dice en su Palabra, y mas bien crean  e inventan leyes para "legalizar" conductas y prácticas en contra de la ley de Dios. Oremos y propaguemos la doctrina bíblica del magisterio Civil segun las Escrituras.


Caesar Arevalo


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